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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/500
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
500

Artículo 500 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. Fue eliminado de la ley desde 1986, así que no tienes que preocuparte por él. En México, cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido. No hay ninguna obligación ni derecho que tengas que cumplir basado en este texto.

Texto oficial

Artículo 500.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 55) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.