- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 511
Artículo 511 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe; está derogado, es decir, ya no tiene validez ni se aplica en México. Fue eliminado de la ley el 24 de diciembre de 1986. Antes de esa fecha, hablaba sobre los derechos de las personas que reciben mercancías, pero ya no es relevante. Así que no te preocupes por él, es como si nunca hubiera estado.
Texto oficial
Artículo 511.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO XXV Derecho de los destinatarios Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.