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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 521
Artículo 521 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe, está completamente eliminado de la ley. Las siglas DOF significan Diario Oficial de la Federación, que es donde se publican los cambios a las leyes en México. Como está derogado, no tienes que preocuparte por él ni te aplica de ninguna manera.
Texto oficial
Artículo 521.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 31-12-1981, 24-12-1986
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