- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 537
Artículo 537 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. Las siglas DOF se refieren al Diario Oficial de la Federación, que es donde se publican los cambios en las leyes. La palabra "derogado" significa que esta regla ya no es válida. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este artículo porque ya no existe.
Texto oficial
Artículo 537.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 29-12-1975, 19-11-1986. Derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.