Artículo 1 del PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gasto del gobierno federal para el año 2026 se debe manejar siguiendo varias leyes, como la de Presupuesto y la de Austeridad Republicana. También establece que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Anticorrupción serán las encargadas de resolver cualquier duda sobre cómo aplicar el presupuesto. Las dependencias del gobierno tendrán que reportar gastos y resultados a la Cámara de Diputados, y si el día límite para entregar algo es inhábil (como sábado o domingo), se pasa al siguiente día hábil. La información se debe entregar en formato digital, preferentemente en archivos que se puedan editar, y se publicará en internet.
Texto oficial
Artículo 1. La planeación, el ejercicio, el control, el seguimiento y la evaluación del gasto público federal para el ejercicio fiscal de 2026, así como la contabilidad y la presentación de la información presupuestaria, financiera y de resultados sobre la ejecución del presupuesto, se deben realizar conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Austeridad Republicana, la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las disposiciones que, en el marco de dichas leyes, estén establecidas en otros ordenamientos y en este Presupuesto de Egresos. Las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria serán aplicables para el presente Decreto. La interpretación del presente Presupuesto de Egresos, para efectos administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal, corresponde a la Secretaría y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y definiciones que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Para el ejercicio de los recursos aprobados en el presente Presupuesto de Egresos y la evaluación del desempeño, las Dependencias y Entidades se sujetarán a las políticas y disposiciones rectoras en materia de control presupuestario y de resultados que determine la Secretaría, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 6, primer párrafo, y 45, párrafos primero y quinto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La información que, en términos del presente Decreto, deba remitirse a la Cámara de Diputados será enviada a la Mesa Directiva de la misma, la cual turnará dicha información a las comisiones competentes, preferentemente en formato electrónico de texto modificable o de base de datos según corresponda, con el nivel de desagregación que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables, y será publicada en las páginas de Internet que correspondan. En caso de que la fecha límite para presentar la información sea un día inhábil, la misma se recorrerá al día hábil siguiente. En el ámbito de sus atribuciones, la Secretaría presentará la información presupuestaria comparable respecto del ejercicio fiscal anterior y de los diversos documentos presupuestarios. PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Presupuesto DOF 21-11-2025 La Secretaría reportará en los Informes trimestrales la evolución de las erogaciones correspondientes a los Anexos Transversales a que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t), u), v), y w), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como de los Anexos Transversales relacionados con la Prevención integral del delito y la consolidación de una Sociedad de Cuidados. También reportará las principales causas de variación del gasto neto total al trimestre que corresponda, respecto del presupuesto aprobado, por Ramo y Entidad. Las Dependencias y Entidades, así como las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que, en el ámbito de sus atribuciones, ejerzan recursos públicos federales, deben participar en las acciones de formación y capacitación para la especialización y profesionalización en materia de Presupuesto basado en Resultados; Sistema de Evaluación del Desempeño; contabilidad gubernamental, y ejecución de las etapas del ciclo presupuestario, incluidas la planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas, conforme a lo que determine la Secretaría, a fin de mejorar la calidad del gasto. CAPÍTULO II De las erogaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.