PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que el gasto del gobierno federal para el año 2026 se debe manejar siguiendo varias leyes, como la de Presupuesto y la de Austeridad Republicana. También establece que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Anticorrupción serán las encargadas de resolver cualquier duda sobre cómo aplicar el presupuesto. Las dependencias del gobierno tendrán que reportar gastos y resultados a la Cámara de Diputados, y si el día límite para entregar algo es inhábil (como sábado o domingo), se pasa al siguiente día hábil. La información se debe entregar en formato digital, preferentemente en archivos que se puedan editar, y se publicará en internet.
- Art. 2El presupuesto del gobierno para este año es de 10.2 billones de pesos, y ese dinero es exactamente lo que se autorizó cobrar de impuestos según otra ley. Pero, como se gastará más de lo que se piensa recaudar, habrá un faltante de casi 1.4 billones de pesos, lo que se conoce como déficit (que es cuando gastas más de lo que tienes). Esto está permitido por la ley, pero básicamente significa que el gobierno tendrá que pedir prestado para cubrir la diferencia.
- Art. 3Este artículo solo dice cómo se va a repartir el dinero del gobierno para el año 2026. Todo el gasto total está dividido en varios anexos y tomos (como capítulos de un libro) que detallan a dónde va cada peso. Por ejemplo, el Anexo 1 y los Tomos del II al IX son para los gastos de las oficinas del gobierno, mientras que otros anexos son para cosas específicas como proyectos de infraestructura (como carreteras o puentes) o para pagar sueldos y prestaciones de los trabajadores. Básicamente, es el instructivo que dice en qué parte del presupuesto viene cada tipo de gasto autorizado por los diputados.
- Art. 4Para el año fiscal 2026, el gobierno le fijó a Pemex la meta de que sus finanzas queden en un cierto número (un balance financiero de 263 mil 476 millones de pesos), y que no gaste más de 118 mil 201 millones en sueldos y prestaciones del personal. De igual forma, a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) le pusieron como objetivo un balance financiero de 20 mil 678 millones de pesos y un límite de gasto en sueldos de 86 mil 298 millones. En palabras más claras, se aprobó cuánto dinero pueden gastar ambas empresas en pagarle a sus trabajadores y cómo deben quedar sus cuentas al final del año.
- Art. 5Este artículo del Presupuesto de Egresos le dice al IMSS cuánto dinero tiene para gastar en 2026: un total de 1 billón 590 mil millones de pesos. De ese presupuesto, el Gobierno Federal le va a dar al IMSS una parte para cubrir pensiones, seguros y otras obligaciones que marca la ley. El IMSS debe guardar una parte de ese dinero en sus reservas financieras para asegurarse de que pueda pagar a tiempo las pensiones, servicios médicos y prestaciones que les corresponden a los derechohabientes, además de cumplir con sus compromisos laborales con los trabajadores. El instituto tiene que poner en práctica medidas de ahorro y disciplina en el gasto, pero sin afectar la calidad del servicio que les da a los asegurados. Si el IMSS usa sus reservas, debe registrarlo como un gasto programado, y las reservas de los seguros de Invalidez y Vida, y de Riesgos de Trabajo solo se pueden usar para pagar las prestaciones de esos seguros, no para cubrir gastos diarios del instituto, a menos que la ley lo permita.
- Art. 6Cuando el gobierno federal te da dinero para que los estados, municipios o alcaldías de la Ciudad de México lo usen, deben seguir las reglas de la ley, solo gastarlo en el año que corresponde (anualidad) y cumplir con lo siguiente: 1) La repartición del dinero del Ramo 33 (Aportaciones Federales) viene en el Tomo IV de este presupuesto, excepto el dinero para seguridad pública (FASP), que se reparte como dice otra ley. 2) Para que te den otros recursos que no son del Ramo 33, los estados y municipios deben cumplir con leyes como la de Presupuesto, Disciplina Financiera y Contabilidad, además de firmar los convenios necesarios. 3) Si haces obras de infraestructura con dinero del Ramo 23, debes ponerles un letrero que diga “Esta obra fue realizada con recursos públicos federales”, y la Secretaría debe publicar cada tres meses en internet cuánto se gastó, dónde se hizo y cómo va el avance, todo en datos abiertos.
- Art. 7Si tu gobierno estatal (o municipal, o de una alcaldía de la CDMX) usa dinero federal del Ramo 23 para construir obras, como carreteras o puentes, está obligado a reportar cómo usa esa lana. Debe informar a la Secretaría (seguramente de Hacienda) los detalles del contrato que firmó, dónde está la obra, cómo va el avance y, cuando termine, las pruebas de que ya se acabó. Tienen que usar un sistema especial (el del artículo 85 de la Ley Federal de Presupuesto) para subir toda esa información. Si reportan algo falso o se hacen weyes, el gobierno estatal o municipal es el único responsable.
- Art. 8Si el gobierno no gasta todo el dinero que tenía planeado para el año, ese dinero que sobra (llamado “subejercicio”) debe usarse para programas sociales o para construir infraestructura, como carreteras u hospitales. También, si logran ahorrar por aplicar medidas de austeridad, esos ahorros se deben destinar a lo mismo. La Secretaría de Hacienda tiene que informar cada tres meses a la Cámara de Diputados, a partir del 1 de abril, sobre cuánto dinero no se gastó. Los ahorros que se generen durante el año también deben ir a los programas ya aprobados en el presupuesto.
- Art. 9Este artículo explica cómo las dependencias del gobierno (como ministerios y oficinas) deben gastar el dinero de manera responsable y sin lujos. En resumen, dice que no pueden crear nuevos puestos de trabajo a menos que tengan el dinero aprobado en el presupuesto o sea por una emergencia. También deben mantener un registro de todas las plazas (empleos) y los sueldos, sin pedir cambios en los que aún están por revisarse. Los aumentos de sueldo solo serán para que los empleados públicos no pierdan poder de compra respecto al año 2025. Por último, no pueden crear estructuras de trabajo demasiado grandes ni dejar edificios del gobierno sin usar.
- Art. 10El artículo 10 dice que todos los órganos del gobierno (como el Poder Legislativo, el Judicial, las dependencias y las entidades autónomas) deben seguir una ley especial para manejar su comunicación social, como anuncios o campañas. Las dependencias y entidades también deben seguir las reglas que ponga la Oficina de la Presidencia, con ayuda de la Secretaría de Gobernación. Pueden usar dinero del presupuesto para anuncios en radio y televisión solo si primero piden los tiempos oficiales gratis y no están disponibles. Durante las campañas electorales y hasta que termine la votación, no pueden gastar en comunicación social en los estados donde haya elecciones, a menos que haya una excepción muy clara en la Constitución. Además, no pueden mover dinero de otros gastos para pagar anuncios, excepto en casos como emergencias, promocionar a México como destino turístico o mejorar servicios migratorios. Las entidades necesitan autorización de su órgano de gobierno para hacer estos gastos.
- Art. 11Las oficinas del gobierno federal (Dependencias y Entidades) que compren productos o contraten servicios u obras públicas deben usar el Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera (Nafin). Esto significa que tienen que registrar en ese programa las facturas o cuentas que aún no pagan a sus proveedores o contratistas, para que el dinero llegue más rápido y claro. Las reglas de cómo hacerlo las pone la Secretaría de Hacienda y las explica el área encargada de coordinarse con los bancos de desarrollo. Con esto se busca que sea más transparente, que la economía se reactive y que las cadenas de producción se fortalezcan. Las empresas del Estado también pueden unirse al programa para que sus proveedores salgan beneficiados.
- Art. 12El artículo 12 dice que el dinero que el gobierno aparta para pagar salarios de sus empleados y otros gastos relacionados debe usarse siguiendo reglas específicas. Por ejemplo, los aumentos de sueldo se calculan según la cantidad de empleados autorizados, los puestos registrados en el sistema de nómina y las plantillas de personal de fondos especiales como el de salud o educación. Además, está prohibido crear nuevos puestos de trabajo, excepto en casos muy específicos que marca otra parte de la ley. También se prohíbe usar el dinero destinado a un grupo de empleados (como los de confianza) para beneficiar a otro (como los sindicalizados). Finalmente, los recursos para educación tecnológica y de adultos se entregan a los estados que ya firmaron un convenio con el gobierno federal; si aún no lo firman, el dinero se guarda hasta que lo hagan. Todo esto busca que el presupuesto se use de manera ordenada y justa.
- Art. 13Las remuneraciones de los funcionarios federales (como sueldos, bonos y prestaciones) se definen en este decreto, sus anexos y la Constitución. Incluyen pagos fijos (salario base) y variables (como bonos), que solo se entregan si cumplen con requisitos y fechas específicas. La Secretaría puede dar compensaciones extra a la Guardia Nacional, sin comprometer el presupuesto a largo plazo. Los impuestos que paguen los funcionarios por estos ingresos también cuentan como parte de su sueldo total.
- Art. 14Los jefes y enlaces de las oficinas del gobierno solo pueden recibir las prestaciones (como bonos o vales) que ya están escritas en el manual oficial. Las dependencias no pueden gastar dinero extra en prestaciones que no estén aprobadas en el presupuesto. Cada vez que revisen los contratos de trabajo o las condiciones laborales, deben ajustarse al dinero que ya tienen autorizado. Los encargados de cada dependencia deben informar a la Cámara de Diputados y a otras secretarías cómo les fue en esas revisiones, a más tardar 10 días hábiles después de terminar las negociaciones. También tienen que mandar un reporte detallado de todas las prestaciones y pagos extra que reciben los trabajadores a su cargo, para que se incluya en los informes de cada tres meses.
- Art. 15Las oficinas del gobierno (Dependencias y Entidades) deben pedir permiso a la Secretaría de Hacienda para usar las tablas de sueldos y darle cumplimiento a lo que dice la Constitución sobre los salarios de los servidores públicos. Cuando se contrata a alguien para un puesto, el primer pago de su sueldo debe hacerse en un máximo de 45 días naturales después de que empiece a trabajar, siempre que se compruebe que sí asistió y trabajó en ese periodo. Esto también aplica para personas contratadas por honorarios. Si el gobierno se reestructura y crea, elimina o fusiona oficinas, se pueden mover los puestos de una dependencia a otra, pero siempre con la autorización de la Secretaría de Hacienda. Las oficinas deben gestionar que los recursos para gastos de operación se muevan al capítulo de sueldos, para pagar a los empleados contratados con base en leyes que reformaron la subcontratación laboral en 2021. En los anexos del presupuesto se debe incluir la información sobre jubilaciones, pensiones y otras prestaciones por retiro de los servidores públicos, según lo que marca la ley de sus sueldos.
- Art. 16Este artículo dice que la Secretaría (seguramente la de Hacienda) puede crear un sistema para dar una compensación económica a los trabajadores del gobierno federal cuando los despidan por cambios como reestructuras, recortes de plazas o cierre de oficinas. Ese sistema lo definirá la misma Secretaría, y ahí se establecerá cuánto dinero se pagará, con qué presupuesto (como el Ramo 23), qué tipo de empleados pueden recibirlo (sin que se afecte el servicio público) y el proceso que deben seguir las dependencias para aplicar el pago. En resumen, es una forma de indemnizar a los burócratas que pierden su empleo por ajustes en el gobierno.
- Art. 17Este artículo dice que los militares, y algunos otros empleados del gobierno que trabajen en puestos de alto riesgo para su seguridad o salud, pueden recibir un aumento en su seguro de vida institucional y un pago extra llamado "prima personal de riesgo". Ese pago extra puede ser de hasta el 30% de su sueldo mensual normal, según lo que marca la ley. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno va a evaluar qué tan grave es el riesgo, decidir cuánto les toca de esa prima y, si todo está bien, autorizar el pago después de que la Secretaría de Hacienda dé su visto bueno en el presupuesto.
- Art. 18Si eres parte de la Guardia Nacional y te mandan a trabajar temporalmente a un lugar diferente al que vives normalmente o te cambian de adscripción (es decir, de puesto o zona donde trabajas), puedes recibir un apoyo económico mensual para pagar la renta de una casa o departamento. Este dinero se da antes de impuestos (bruto) y solo aplica si realmente necesitas rentar una vivienda en el lugar donde te asignaron o te enviaron por órdenes de servicio.
- Art. 19Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad tienen que mandarle a la Secretaría las tablas con los sueldos (tabuladores) y el organigrama de puestos (estructura ocupacional) que ya estén aprobados según la ley y el presupuesto de nómina que se les autorizó. Esto significa que deben reportar cuánto le pagan a cada empleado y cómo está organizado su equipo de trabajo, siguiendo las reglas oficiales. Es un requisito de transparencia para que se sepa en qué se gasta el dinero de los salarios. Básicamente, es su obligación informar todo lo relacionado con su personal y sus sueldos.
- Art. 20Las instituciones de banca de desarrollo (bancos del gobierno) tienen que mandarle a la Secretaría los listados de sueldos y puestos autorizados por la ley para que los registren. Esto sirve para que el gobierno sepa cuánto ganan los empleados de esos bancos y qué puestos tienen.
- Art. 21Para el 28 de febrero de 2026 a más tardar, el Congreso, los jueces, los ministros de la Corte y otras dependencias deben publicar en el *Diario Oficial* un manual que explique cuánto gana cada servidor público, desde diputados hasta personal de limpieza, desglosando sueldos por cada nivel de mando. También deben publicar una lista detallada de todos los puestos de su organización, incluyendo plazas de confianza, temporales y los que cobran por honorarios, además de las vacantes. Mientras no salgan publicados estos documentos, no se les podrá pagar a los trabajadores bonos, estímulos ni prestaciones extra. En palabras simples: si no muestran cuánto ganan, no hay recompensas adicionales.
- Art. 22El gobierno federal tiene la obligación de asegurar que hombres y mujeres reciban el mismo trato en todos los programas públicos. Para lograrlo, todas las dependencias deben incluir la perspectiva de género al crear, aplicar y evaluar sus programas. Esto significa que deben: 1) registrar a las personas beneficiarias según su sexo, edad, lugar de residencia, si tienen alguna discapacidad, si son indígenas o de la comunidad LGBTIQ+, entre otros datos; 2) diseñar los programas de manera que no discriminen por orientación sexual o identidad de género, incluso si el programa no es específicamente sobre igualdad; y 3) usar métodos de evaluación que midan si realmente están beneficiando por igual a todos. Todo esto aplica principalmente a los programas que aparecen en el Anexo 13 del presupuesto federal. Los estados y municipios que reciban dinero etiquetado para esto deben firmar acuerdos en los primeros tres meses del año y publicar los resultados.
- Art. 23Las dependencias del gobierno (como ministerios) y las entidades públicas (como institutos) trabajarán junto con la Secretaría de Bienestar para que sus propios planes y proyectos incluyan acciones que ayuden a las personas con discapacidad a participar en la sociedad. Para el último día hábil de octubre, cada una de estas oficinas tendrá que entregar un reporte a la Secretaría de Bienestar explicando qué hicieron para lograrlo. Ese mismo reporte también se debe enviar al Congreso de la Unión (diputados y senadores), para que lo revisen en las comisiones encargadas del tema. En resumen, el artículo obliga a que el gobierno revise sus programas, incluya medidas para personas con discapacidad y entregue un informe antes de que termine octubre.
- Art. 24Este artículo dice que el dinero del gobierno federal destinado a los pueblos indígenas y afromexicanos se usará para cumplir sus derechos, como dice la Constitución. Los programas deben hacerse con la participación directa de estos pueblos, y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas ayudará técnicamente. El gobierno también podrá firmar acuerdos con estados, municipios y las propias comunidades para que ellos manejen los recursos directamente. Las reglas de los programas deben ser sencillas para que las comunidades accedan fácilmente, y en obras de infraestructura se les dará preferencia.
- Art. 25Este año, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) puede empezar nuevos proyectos de infraestructura (como plantas eléctricas o líneas de transmisión) usando el dinero que está en el anexo 6.A de este decreto. También tiene autorizados montos de proyectos viejos, que aparecen en el anexo 6.B, y los cambios en esos proyectos están detallados en el Tomo VII del presupuesto. Para los proyectos que ya estaban aprobados, los compromisos solo cubren la compra de los activos, sin incluir los costos de financiamiento. Si durante el año la CFE tiene que comprar los bienes de un proyecto condicionado, el tope máximo de gasto será el del anexo 6.E. Al final del año, la CFE debe publicar en su página web un informe trimestral con los ingresos de cada proyecto, los que están en construcción, lo que se ha gastado, lo que falta por pagar y las fechas de entrega y operación.
- Art. 26Este artículo dice que, durante el año fiscal 2026, el gobierno federal no va a empezar nuevos proyectos de construcción o mejora de carreteras, puentes, hospitales, escuelas o algo similar. Esos proyectos grandes de infraestructura son los que están detallados en una lista especial que se llama Anexo 4 de esta ley. En pocas palabras, no habrá dinero autorizado para obras nuevas por ahora.
- Art. 27Este artículo dice que, cuando las dependencias del gobierno evalúen sus programas de gasto, tienen que seguir reglas muy específicas que la Secretaría de Hacienda ya definió, como el Plan Anual de Evaluación. Todos los programas deben tener dos tipos de documentos actualizados: uno de "diseño" (que explica para qué sirve el programa) y otro de "seguimiento" (que muestra cómo va su cumplimiento con indicadores y metas). Para actualizarlos, deben tomar en cuenta los resultados de evaluaciones anteriores, las metas alcanzadas y cualquier recomendación que dé la Secretaría. Además, toda esta información debe publicarse en internet para que cualquier persona pueda consultarla.
- Art. 28El artículo 28 dice que los programas del gobierno que tienen reglas para operar son los que vienen en el Anexo 25 de este decreto. El Presidente y la Secretaría de Hacienda pueden agregar más programas a la lista si son importantes para la sociedad. Esas reglas de operación deben ser sencillas, fáciles de entender y claras para que tú, como beneficiario, puedas consultarlas sin problema. Además, deben promover que los gobiernos locales, como los municipios, estén más cerca de la gente para gastar menos en papeleo y atender mejor a grupos como niños, personas con discapacidad o comunidades indígenas. También se busca que todo sea transparente, sin discriminación, y que se quite cualquier obstáculo que te impida acceder a tus derechos o participar en la vida política y económica.
- Art. 29El artículo dice que las oficinas del gobierno que manejan programas con reglas específicas deben cumplir con tres puntos: primero, publicar en internet los tiempos en que responderán las solicitudes, y si rechazan alguna, deben explicar por qué. Segundo, cuando el gobierno federal y los estados trabajen juntos, deben firmar acuerdos claros que digan a qué programas se destina el dinero, en qué zonas, cuánto pone cada quien y en qué fechas, siempre pensando en beneficiar a la gente. Tercero, deben ayudar a los municipios y alcaldías de la Ciudad de México, sobre todo a los más pobres, a preparar los papeles necesarios para los programas.
- Art. 30Las dependencias y entidades del gobierno que manejan programas de apoyos económicos para la gente deben entregar a la Secretaría de Hacienda información detallada sobre quiénes podrían recibir el apoyo, a quiénes va dirigido realmente y a cuántas personas ya ayudaron, además de cómo van gastando el dinero. Estos datos deben separarse por municipio o alcaldía, y entregarse en los tiempos que la Secretaría pida. Toda esta información se va a publicar en el Portal de Transparencia Presupuestaria para que cualquiera pueda consultarla. Las dependencias son las responsables de que la información que envíen sea correcta.
- Art. 31El artículo 31 dice que los apoyos económicos del programa Bienestar solo pueden darse a personas que viven en pobreza, son adultos mayores o están en situaciones difíciles como marginación o rezago. Estos recursos se reparten en los estados según las reglas que ponga el Consejo Nacional de Población y tomando en cuenta las zonas más necesitadas que define la Cámara de Diputados. El objetivo es ayudar a la gente a salir de la pobreza a través de educación, salud, alimentación, empleo, capacitación y programas de apoyo social. Además, el gobierno federal y los gobiernos de los estados firmarán acuerdos para trabajar juntos y asegurarse de que el dinero se use bien en cada municipio, respetando las responsabilidades de cada nivel de gobierno.
- Art. 32Este artículo dice cómo se va a gastar el dinero del presupuesto para el campo y la pesca en México. La prioridad es ayudar a las personas que viven en zonas rurales muy pobres, incluyendo comunidades indígenas y afromexicanas, para que tengan más empleo y bienestar. El dinero debe usarse para producir más alimentos, mejorar la forma de trabajar la tierra y ayudar a los pequeños productores. También debe considerar el cuidado del medio ambiente y asegurar que la comida llegue a la gente que más la necesita. Además, las dependencias del gobierno deben reportar detalladamente en qué región, municipio y actividad se gastó cada peso.
- Art. 33Cuando el gobierno da servicios médicos, medicamentos y otros insumos gratis a personas que no tienen seguridad social, tiene que seguir varias reglas. Estas reglas están en leyes como la Ley General de Salud, la Ley de Coordinación Fiscal y una parte especial de la Ley de Ingresos. También debe cumplir con lo que digan la Secretaría de Salud, el IMSS-BIENESTAR u otras autoridades, cada una en lo que le toca.
- Art. 34La SEP (la Secretaría de Educación Pública) tiene que hacer las reglas de cómo se usan los recursos de sus programas, siguiendo lo que dice otra ley. Esas reglas deben incluir que el dinero solo lo pueden manejar las autoridades educativas federales y estatales. También, las escuelas deben tener una lista completa de los maestros que estén haciendo actividades sindicales (como representar a sus compañeros), y la SEP debe enviar esa lista a la Cámara de Diputados. Además, está prohibido tener nóminas o gastos secretos: todo el dinero público para sueldos debe manejarse con transparencia, y las escuelas tienen que reportar a la SEP cuánto le pagan a cada trabajador. Por último, antes del 31 de enero, la SEP debe publicar las convocatorias para concursar por los fondos de estos programas, excepto los que siguen un calendario escolar especial.
- Art. 35El artículo 35 dice cómo se deben manejar los programas de preparatoria y universidad financiados con dinero público. Primero, la Secretaría de Educación Pública tiene que explicarle a la Cámara de Diputados cómo sus planes van a reducir la falta de escuelas y oportunidades en distintas zonas del país. Segundo, los gobiernos de los estados deben enviar cada tres meses un reporte a la Cámara y a la Secretaría sobre cómo están usando el dinero para esas escuelas. Tercero, las universidades públicas están obligadas a hacer una auditoría externa de cuántos alumnos tienen, y deben mandar los resultados cada seis meses. Cuarto, todas las escuelas públicas de preparatoria y universidad deben publicar en su página de internet, y actualizar cada tres meses, información clara sobre cómo usan el presupuesto, como los proyectos, montos y avances. Además, si una escuela estatal quiere recibir subsidio federal, el estado también debe poner dinero de su propio presupuesto.
- Art. 36El gobierno federal, a través de la Comisión Nacional del Agua, le va a devolver dinero a los Distritos de Riego que paguen a tiempo el agua que reciben. Ese dinero se calcula con base en las cuotas que los distritos pagan durante el año. El 65% de lo devuelto se usa para darle mantenimiento a canales y drenes pequeños; el 25%, para canales y drenes grandes; el 8%, para las obras principales; y el 2% restante, para supervisión y gastos de operación. Todo esto busca que la gente se acostumbre a pagar el agua a tiempo y que mejoren los sistemas de riego.
- Art. 37Este artículo habla de cómo la SEP va a crear programas para que más niños, jóvenes y adultos puedan estudiar en todos los niveles, sobre todo en los estados donde hay pocas escuelas o pocos estudiantes comparado con el resto del país. La SEP tiene que decirle a la Cámara de Diputados, antes del 31 de marzo, cuáles son esos planes y las metas a corto y largo plazo. Además, las universidades y escuelas públicas que reciben dinero del gobierno deben comprobar en qué se gasta ese dinero, detallando cosas como los pagos a maestros y empleados, los gastos de operación, y cuántos alumnos entraron y terminaron el ciclo escolar. Toda esa información la tienen que entregar a la SEP cada tres meses, y la SEP la debe publicar en internet para que todos puedan verla. Por último, las autoridades se van a asegurar de que las escuelas estén cumpliendo con sus contratos de trabajo y con las reglas para manejar el dinero.
- Art. 38El dinero de las multas que el INE les ponga a los partidos políticos en 2026 se irá directo a la Tesorería de la Federación en un plazo de 30 días después de que se pague la multa o se haga el descuento. Ese dinero se usará para la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, pero solo en cosas importantes como becas de posgrado o el apoyo a investigadores. No se puede gastar en sueldos ni prestaciones del personal, y cada tres meses se debe reportar cómo se usó. Además, antes de aumentar el número de becas o apoyos, esa secretaría debe pedir un permiso de la Secretaría de Hacienda para asegurarse de que haya presupuesto suficiente.
- Art. 39El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y con ayuda del Consejo Nacional de Armonización Contable, definirá las reglas para repartir un fondo especial que está en el Presupuesto de Egresos. Ese dinero se usará para dar apoyos (subsidios) a los estados y municipios, con el fin de que compren equipo para sus áreas de contabilidad y actualicen sus sistemas de cómputo, todo para que lleven sus cuentas de manera uniforme y clara, como lo pide la ley. Estas reglas deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar en los primeros tres meses del año. Además, el Consejo deberá publicar en su página de internet, antes del último día hábil de diciembre, un informe detallado de cómo se usó ese dinero, cuánto le tocó a cada estado y municipio, qué tipo de apoyos se dieron y los resultados que reportaron.