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Ley
PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026
Artículo
30

Artículo 30 del PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las dependencias y entidades del gobierno que manejan programas de apoyos económicos para la gente deben entregar a la Secretaría de Hacienda información detallada sobre quiénes podrían recibir el apoyo, a quiénes va dirigido realmente y a cuántas personas ya ayudaron, además de cómo van gastando el dinero. Estos datos deben separarse por municipio o alcaldía, y entregarse en los tiempos que la Secretaría pida. Toda esta información se va a publicar en el Portal de Transparencia Presupuestaria para que cualquiera pueda consultarla. Las dependencias son las responsables de que la información que envíen sea correcta.

Texto oficial

Artículo 30. Las Dependencias y Entidades que tengan a su cargo programas presupuestarios por medio de los cuales se otorguen subsidios en beneficio directo a la población deben enviar a la Secretaría, en los términos y plazos que ésta disponga en las Disposiciones específicas para el reporte trimestral de información de los programas presupuestarios que entregan subsidios en beneficio social directo a la población, información sobre sus poblaciones potencial, objetivo y atendida, así como de los avances en el ejercicio de dichos recursos, con desagregación geográfica a nivel municipal o demarcación territorial. La información referida en el párrafo que antecede, se publicará en el Portal de Transparencia Presupuestaria. Las Dependencias y Entidades serán responsables de la información que se entregue a la Secretaría. CAPÍTULO II De los criterios específicos para la operación de los programas

Ver texto oficial del PRESUPUESTO de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (pág. 24) ↗

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