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Artículo 108 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una propuesta de ley tiene más de 30 artículos, los diputados pueden revisarla y votarla por partes, como por secciones o capítulos, en lugar de leer todo de corrido. Esto solo se hace si alguien lo propone y la mayoría de los diputados en la sesión está de acuerdo. También, si alguien lo pide y se aprueba, pueden votar artículo por artículo o incluso partes de un artículo que estén discutiendo en ese momento. Esto sirve para que el análisis sea más ordenado y no se atoren con leyes muy largas.

Texto oficial

Artículo 108. 1. Los dictámenes con proyectos de ley que consten de más de treinta artículos podrán ser discutidos y aprobados, por los libros, títulos, capítulos o secciones, en que sean divididos por sus autores o las comisiones dictaminadoras, siempre que así lo acuerde el Pleno, a propuesta de uno o más de sus integrantes. 2. Si lo propone algún miembro de la Cámara y se aprueba por el Pleno, podrá votarse por separado cada uno de los artículos o fracciones del artículo o de la sección que esté a debate. Sección Segunda Discusión en lo Particular

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.