Artículo 108 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una propuesta de ley tiene más de 30 artículos, los diputados pueden revisarla y votarla por partes, como por secciones o capítulos, en lugar de leer todo de corrido. Esto solo se hace si alguien lo propone y la mayoría de los diputados en la sesión está de acuerdo. También, si alguien lo pide y se aprueba, pueden votar artículo por artículo o incluso partes de un artículo que estén discutiendo en ese momento. Esto sirve para que el análisis sea más ordenado y no se atoren con leyes muy largas.
Texto oficial
Artículo 108. 1. Los dictámenes con proyectos de ley que consten de más de treinta artículos podrán ser discutidos y aprobados, por los libros, títulos, capítulos o secciones, en que sean divididos por sus autores o las comisiones dictaminadoras, siempre que así lo acuerde el Pleno, a propuesta de uno o más de sus integrantes. 2. Si lo propone algún miembro de la Cámara y se aprueba por el Pleno, podrá votarse por separado cada uno de los artículos o fracciones del artículo o de la sección que esté a debate. Sección Segunda Discusión en lo Particular
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.