Artículo 112 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se discuten varios artículos de una ley al mismo tiempo, la votación final de todos ellos puede hacerse hasta el final de la discusión, no necesariamente uno por uno. El secretario del Congreso mencionará quién propuso cada artículo y leerá el texto tal como está escrito, o también puede leer las propuestas que haya hecho un grupo de diputados. Una vez que se decide que ya se discutió suficiente, se realiza una votación en la que cada diputado dice su nombre y cómo vota, para que el Pleno (todos los diputados) decida si se aprueba o no. Esto aplica para asuntos que necesitan resolverse rápido o que son muy claros.
Texto oficial
Artículo 112. 1. Las votaciones sobre cada uno de los artículos reservados podrán realizarse al final de la discusión sobre la totalidad de los mismos. 2. El Secretario las referirá a nombre de la diputada o diputado que haya hecho la exposición y leerá el texto propuesto; el Secretario también podrá referir las proposiciones del Grupo que las haya presentado. 3. Declarado suficientemente discutido, en votación nominal se consultará al Pleno si se aprueba. Sección Tercera Discusión de las Proposiciones de Urgente u Obvia Resolución
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.