Artículo 134 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres hacer una solicitud o petición formal, debes poner tu nombre completo, tu firma (la rúbrica es eso, tu firma de puño y letra) y tu domicilio. También tienes que entregar una copia de tu identificación oficial, como tu INE o pasaporte. Si no cumples con estos requisitos, tu petición no será aceptada. Además, quien reciba tu solicitud tiene la obligación de darte una respuesta, y debe hacerlo dentro del plazo que marca la Constitución Mexicana. Esto aplica para cualquier tipo de trámite o petición que hagas ante una autoridad.
Texto oficial
Artículo 134. 1. La petición deberá contener nombre, rúbrica y domicilio del peticionario y deberá acompañarse de copia fotostática de la identificación oficial del peticionario; sin lo cual no podrá ser admitida. 2. Toda petición deberá ser contestada en términos de lo que establece la Constitución para tal efecto. CAPITULO VII De las Votaciones Sección Primera Disposiciones Preliminares
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.