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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
136

Artículo 136 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Normalmente, para que se apruebe algo en la Cámara, se necesita que la mitad más uno de los presentes vote a favor (mayoría simple). Pero hay casos especiales donde la ley o el reglamento piden otra cosa, como más votos. Después de la votación, la Secretaría le avisa al Presidente de la Cámara cuál fue el resultado, y él se los dice a todos los diputados en el salón de sesiones (el Pleno). Luego, se sigue con el siguiente paso que toque según el asunto que estaban tratando.

Texto oficial

Artículo 136. 1. Por regla general, las votaciones se verifican por mayoría simple de votos, salvo los casos en que la Constitución, la Ley, los reglamentos u otras disposiciones aplicables en la Cámara establezcan una votación diferente. 2. La Secretaría comunicará el resultado al Presidente, quien hará el anuncio al Pleno y, continuará el trámite que corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 45) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.