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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
157

Artículo 157 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las comisiones del Congreso pueden hacer cinco cosas: analizar y votar propuestas de leyes (dictamen legislativo), pedir datos o informes (información), revisar cómo gasta el dinero el gobierno con base en resultados (control evaluatorio), dar su punto de vista sobre algún tema (opinión) o investigar asuntos específicos (investigación).

Texto oficial

Artículo 157. 1. Las comisiones tendrán, en su caso las siguientes tareas: I. De dictamen legislativo; II. De información; III. De control evaluatorio, conforme a los artículo (sic DOF 23-12-2013) 26, Apartado A, párrafo cuarto, con base en indicadores de desempeño, y 93 de la Constitución; Fracción reformada DOF 23-12-2013 IV. De opinión, V. De investigación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 55) ↗

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