Artículo 157 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones del Congreso pueden hacer cinco cosas: analizar y votar propuestas de leyes (dictamen legislativo), pedir datos o informes (información), revisar cómo gasta el dinero el gobierno con base en resultados (control evaluatorio), dar su punto de vista sobre algún tema (opinión) o investigar asuntos específicos (investigación).
Texto oficial
Artículo 157. 1. Las comisiones tendrán, en su caso las siguientes tareas: I. De dictamen legislativo; II. De información; III. De control evaluatorio, conforme a los artículo (sic DOF 23-12-2013) 26, Apartado A, párrafo cuarto, con base en indicadores de desempeño, y 93 de la Constitución; Fracción reformada DOF 23-12-2013 IV. De opinión, V. De investigación.
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