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Artículo 17 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los grupos pueden tomar sus propias decisiones sobre cómo trabajar y administrarse, pero siempre siguiendo las reglas de este reglamento. Esto significa que nadie más puede meterse a decirles cómo hacer sus cosas, mientras no se salgan de lo que dice aquí.

Texto oficial

Artículo 17. 1. Los grupos tendrán independencia operativa y de gestión en los términos previstos en este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.