Artículo 186 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una propuesta de ley ya se hizo pública pero no alcanzó a ser votada por todos los diputados antes de que termine su periodo, esa propuesta se guarda como proyecto provisional. La Mesa Directiva la va a cuidar. Luego, cuando lleguen los nuevos diputados, la van a discutir y votar en su primer año, durante la primera temporada de sesiones normales.
Texto oficial
Artículo 186. 1. Los dictámenes a los que se haga declaratoria de publicidad, que no llegue a resolver el Pleno de la legislatura que los conoció, quedarán con el carácter de proyectos, bajo resguardo de la Mesa Directiva, y serán discutidos y votados en el Pleno de la siguiente legislatura, durante el primer periodo de sesiones ordinarias, del primer año de ejercicio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.