Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 186 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una propuesta de ley ya se hizo pública pero no alcanzó a ser votada por todos los diputados antes de que termine su periodo, esa propuesta se guarda como proyecto provisional. La Mesa Directiva la va a cuidar. Luego, cuando lleguen los nuevos diputados, la van a discutir y votar en su primer año, durante la primera temporada de sesiones normales.

Texto oficial

Artículo 186. 1. Los dictámenes a los que se haga declaratoria de publicidad, que no llegue a resolver el Pleno de la legislatura que los conoció, quedarán con el carácter de proyectos, bajo resguardo de la Mesa Directiva, y serán discutidos y votados en el Pleno de la siguiente legislatura, durante el primer periodo de sesiones ordinarias, del primer año de ejercicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.