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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
256

Artículo 256 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los diputados hablen en medios como la tele, el radio o redes, tienen que aclarar si están dando su opinión personal o si hablan a nombre de su partido, de una comisión o de un comité. Esto es para que la gente sepa si lo que dice es su punto de vista o es la postura oficial de un grupo. Así evitas confusiones y sabes si es una ocurrencia de él o ella, o algo acordado entre varios. En pocas palabras, deben ser claros de quién hablan cuando dan declaraciones públicas.

Texto oficial

Artículo 256. 1. En sus comparecencias ante los medios informativos, los diputados y diputadas deberán precisar si sus opiniones son a título personal o corresponden a disposiciones oficiales de los grupos a los que pertenecen, a la expresión mayoritaria de alguna comisión o comité.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 84) ↗

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