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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
285

Artículo 285 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cambiar este reglamento, cualquier diputado o diputada puede proponer los cambios, o un grupo especial de la Cámara llamado Comisión de Régimen puede hacer su propio proyecto. Si alguien presenta la propuesta, esa misma Comisión es la que la revisa y redacta un dictamen, que luego envían a la Mesa Directiva para que le den el trámite oficial. Para que los cambios se aprueben, se necesita el voto de más de la mitad de los diputados presentes en el Pleno (mayoría calificada). Además, está prohibido modificar este reglamento usando acuerdos parlamentarios, que son acuerdos rápidos sin el proceso completo de votación.

Texto oficial

Artículo 285. 1. El proceso de reforma a este Reglamento podrá iniciarse con iniciativa que presente algún diputado o diputada, o con un proyecto de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. 2. Si se presentara una iniciativa, será la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias la encargada de formular el dictamen correspondiente, que se enviará a la Mesa Directiva para su trámite legislativo. 3. La aprobación de las reformas al Reglamento requerirá de la mayoría calificada del Pleno. REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 95 de 146 4. Este Reglamento no podrá modificarse a través de acuerdos parlamentarios. TÍTULO DÉCIMO De los asuntos que pasan de una legislatura a otra Título adicionado DOF 27-04-2021 Capítulo I De las iniciativas y minutas Capítulo adicionado DOF 27-04-2021

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 94) ↗

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