Artículo 55 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene que mandarles una copia del papel donde se anotan quiénes llegaron y quiénes faltaron a la reunión. Esto se lo deben enviar al Presidente y a los coordinadores al día siguiente de que termine la Sesión, solo para que sepan cómo estuvo la asistencia.
Texto oficial
Artículo 55. 1. La Secretaría estará obligada a remitir al Presidente y a los coordinadores para su conocimiento, una copia del documento que refleje las asistencias e inasistencias, al día siguiente de la Sesión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.