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Artículo 55 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría tiene que mandarles una copia del papel donde se anotan quiénes llegaron y quiénes faltaron a la reunión. Esto se lo deben enviar al Presidente y a los coordinadores al día siguiente de que termine la Sesión, solo para que sepan cómo estuvo la asistencia.

Texto oficial

Artículo 55. 1. La Secretaría estará obligada a remitir al Presidente y a los coordinadores para su conocimiento, una copia del documento que refleje las asistencias e inasistencias, al día siguiente de la Sesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.