Artículo 56 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se cumpla el plazo que ya está establecido, la Secretaría va a hacer un reporte con los nombres de los diputados y diputadas que sí explicaron por qué faltaron a una sesión, y también los que no lo hicieron. Ese reporte se lo darán al Presidente de la Cámara para que lo publique en la Gaceta, en internet, en las redes sociales oficiales de la Cámara y en el registro de asistencias. El reporte debe incluir el nombre de cada diputado, cuántas veces asistió, pidió permiso, faltó con o sin justificación, la fecha en que se actualizó, y los nombres de quienes no hayan votado en al menos un tercio de las votaciones realizadas.
Texto oficial
Artículo 56. 1. Cuando haya transcurrido el plazo previsto, la Secretaría emitirá un reporte en el que se especifiquen los nombres de diputados y diputadas que justificaron sus inasistencias, así como de quienes no lo hicieron; el cual turnará al Presidente, para su publicación y difusión en la Gaceta, en Internet, a través de la página de Internet oficial y de las cuentas en redes sociales activadas por la Cámara y en la bitácora de asistencias a las sesiones, de acuerdo con el siguiente formato: Numeral reformado DOF 28-12-2016 I. Nombre de cada diputada y diputado, II. Asistencias, permisos, inasistencias justificadas e injustificadas; III. Fecha de actualización, y IV. Los nombres de las diputadas y de los diputados que no hayan participado en cuando menos, un tercio de las votaciones que se hayan realizado. Fracción reformada DOF 28-12-2016
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.