Artículo 16 Bis del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si te suben de rango en el trabajo por un ajuste o cambio en tu puesto, todo se hará siguiendo las reglas de un manual especial que se va a publicar para eso, además de otras leyes que apliquen. En otras palabras, no es un ascenso normal, sino uno por "adecuación de grado", y tienes que esperar a que salga ese manual para saber cómo funciona. No te preocupes por la fecha que viene al final, solo indica cuándo se agregó este artículo a la ley.
Texto oficial
Artículo 16 Bis. Los ascensos por adecuación de grado se regirán conforme a lo dispuesto en el Manual que para tal efecto se emita y demás normatividad aplicable. Artículo adicionado DOF 02-04-2026 TÍTULO SEGUNDO ORGANIZACIÓN CAPÍTULO ÚNICO De la Comisión Coordinadora y las Comisiones Locales Denominación del Capítulo reformada DOF 22-09-2010
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.