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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAAM/2
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
2

Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que la regla de la que formaba parte ya no es válida. "Derogar" significa que alguien (en este caso, el gobierno) decidió cancelar o eliminar esa ley. La fecha "22-09-2010" es el día en que se publicó la decisión de quitarla del Diario Oficial de la Federación (el periódico donde se publican las leyes). En pocas palabras, este artículo ya no existe, no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 2.- Se deroga. Artículo derogado DOF 22-09-2010

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.