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Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 45 ya no existe en la ley. Fue eliminado por completo el 22 de septiembre de 2010, según el Diario Oficial de la Federación. Cuando un artículo se deroga, significa que perdió su validez y ya no se aplica. Así que no hay nada que cumplir ni entender de este artículo, porque ya no forma parte de las reglas.

Texto oficial

Artículo 45.- Se deroga. Artículo derogado DOF 22-09-2010

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.