Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de las pruebas físicas que se toman en cuenta para poder subir de rango en la Armada de México. Básicamente, dice que para que te asciendan te van a evaluar cosas como la fuerza de tus brazos, piernas, pecho y abdomen. También miden tu agilidad, equilibrio, resistencia al caminar y tu velocidad al correr. Otras pruebas son tu capacidad para flotar y nadar, ya sea con o sin equipo, tu capacidad respiratoria y qué tan rápido reaccionas. Al final, la dependencia puede agregar otras pruebas que consideren necesarias para el puesto al que quieres llegar.
Texto oficial
Artículo 76. Conforme al artículo anterior, las pruebas físicas que servirán de referencia para ser seleccionadas y establecidas, de conformidad con la orientación que determine la Comisión Coordinadora, son las siguientes: I. Fortaleza de extremidades superiores; II. Fortaleza de extremidades inferiores; III. Fuerza pectoral; IV. Fortaleza de abdomen; V. Agilidad; VI. Equilibrio; VII. Resistencia al andar; VIII. Velocidad en carrera; IX. Flotabilidad y natación con equipo y armamento, o sin éstos; X. Capacidad respiratoria; XI. Se deroga; Fracción derogada DOF 22-09-2010 XII. Capacidad de reacción, habilidades, destrezas manuales, y Fracción reformada DOF 22-09-2010 XIII. Otras que se consideren necesarias o específicas para el Cuerpo o Servicio del participante. REGLAMENTO DE LA LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-04-2026 16 de 29
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