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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Artículo
98

Artículo 98 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas encargadas de dar las órdenes en las instituciones de seguridad (como la policía o el ejército) tienen que ponerse de acuerdo y dar todo lo necesario para que se hagan los exámenes prácticos que ya estaban planeados. Esto incluye apoyos como lugares, herramientas o equipo para que las pruebas se puedan llevar a cabo. En otras palabras, los jefes deben asegurarse de que no falte nada para que los exámenes se realicen sin problemas.

Texto oficial

Artículo 98. Los Mandos correspondientes coordinarán y proporcionarán los apoyos e infraestructura necesaria para la realización de los exámenes de conocimientos prácticos programados. Artículo reformado DOF 11-03-2016

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (pág. 18) ↗

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