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Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Te van a dar los Vales de Comida contando solo los días que trabajaste en ese periodo. Si faltaste algún día, tu patrón te los va a descontar de los vales del siguiente periodo.

Texto oficial

Artículo 6. Los Vales de Comida se entregarán en función de los días que el Trabajador debe laborar en el periodo. El patrón descontará al Trabajador los Vales de Comida de los días no laborados del periodo inmediato anterior.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.