Artículo 190 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la obligación de crear y mantener un banco de datos con todos los accidentes e incidentes que se reporten en la aviación civil. Esto sirve para analizar a fondo qué fallas de seguridad ocurrieron o podrían ocurrir, y así poder tomar medidas para prevenirlas. La información de esa base solo se puede usar para mejorar la seguridad de los vuelos, y para nada más.
Texto oficial
ARTÍCULO 190. La Secretaría debe tomar las medidas pertinentes para que se establezca y mantenga un banco de datos de accidentes e incidentes, provenientes de las notificaciones de éstos, que facilite el análisis eficaz de la información sobre deficiencias de seguridad operacional reales o posibles, para que la dependencia determine las medidas preventivas necesarias. La información contenida en la base de datos será utilizada únicamente para mejorar la seguridad de la aviación civil. Artículo reformado DOF 21-01-2022 TÍTULO SÉPTIMO DE LA VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN, ELABORACIÓN DE REGLAS DE TRÁNSITO AÉREO, Y SANCIONES REGLAMENTO DE LA LEY DE AVIACIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-05-2023 81 de 100 Denominación del Título reformada DOF 31-05-2023 CAPÍTULO I DE LA VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN Denominación del Capítulo reformada DOF 31-05-2023
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