Artículo 89 del REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la persona encargada de las operaciones de la aeronave (como un copiloto o asistente de vuelo) tiene que ayudar al piloto o capitán a hacer el plan de vuelo, es decir, la ruta y los detalles del viaje. También debe dar información importante durante el vuelo para que el avión, los pasajeros y la carga estén seguros. Si ocurre una emergencia, tiene que seguir las reglas que marcan las normas oficiales mexicanas.
Texto oficial
ARTÍCULO 89. La persona oficial de operaciones de aeronaves tiene como principal función auxiliar a la persona comandante o piloto al mando de la aeronave en la elaboración del plan de vuelo y del plan operacional de vuelo. Asimismo, debe proporcionar, durante el vuelo, la información necesaria para la seguridad de la aeronave, de las personas pasajeras y de la carga. En caso de emergencia debe realizar las actividades que señalen las normas oficiales mexicanas correspondientes. Artículo reformado DOF 31-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.