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Artículo 123 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Federal de Electricidad y "La Comisión" (que es otra dependencia del gobierno) deben ponerse de acuerdo para estudiar y planear proyectos, como dice el artículo 78 de la Ley. Ese acuerdo se hace dentro de las juntas o reuniones de los jefes que toman decisiones en cada organismo. En otras palabras, los encargados de cada institución platican y deciden juntos cómo van a trabajar, siempre siguiendo las reglas de la ley.

Texto oficial

ARTICULO 123.- La coordinación en los estudios y programación que realicen la Comisión Federal de Electricidad y "La Comisión", en los términos del artículo 78 de la "Ley", se realizará en el seno de su respectivo órgano de gobierno y consejo. Capítulo IV Uso en Otras Actividades Productivas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

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