Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión tendrá que ponerse de acuerdo con la Secretaría de Pesca para que, cuando ambas tengan que dar permisos sobre agua y cría de peces (acuacultura), puedan resolverlos al mismo tiempo. Esto evita que tengas que hacer un tramite primero con una y luego con la otra. Así, si pides una concesión de agua relacionada con la acuacultura, las dos dependencias trabajan juntas para darte una respuesta más rápida. En pocas palabras, buscan que no te atores con papeleos separados.
Texto oficial
ARTICULO 125.- "La Comisión" establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Pesca, a fin de facilitar la resolución simultánea de las concesiones que en el ámbito de sus respectivas competencias tengan que expedir en materia de agua y acuacultura.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.