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Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tendrá que ponerse de acuerdo con la Secretaría de Pesca para que, cuando ambas tengan que dar permisos sobre agua y cría de peces (acuacultura), puedan resolverlos al mismo tiempo. Esto evita que tengas que hacer un tramite primero con una y luego con la otra. Así, si pides una concesión de agua relacionada con la acuacultura, las dos dependencias trabajan juntas para darte una respuesta más rápida. En pocas palabras, buscan que no te atores con papeleos separados.

Texto oficial

ARTICULO 125.- "La Comisión" establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Pesca, a fin de facilitar la resolución simultánea de las concesiones que en el ámbito de sus respectivas competencias tengan que expedir en materia de agua y acuacultura.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.