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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAN_250814/134
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Artículo
134

Artículo 134 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una persona o una empresa que usa o aprovecha el agua para cualquier actividad, tienes la obligación de no ensuciarla. Eso significa que debes tomar medidas para evitar contaminarla, y si ya está contaminada, tienes que limpiarla o tratarla antes de regresarla a ríos, lagos o al subsuelo. Todo esto es bajo tu propia responsabilidad y siguiendo lo que diga la ley. El chiste es que el agua pueda ser usada de nuevo por otros o por el medio ambiente, sin dañar los ecosistemas.

Texto oficial

ARTICULO 134.- Las personas físicas o morales que exploten, usen o aprovechen aguas en cualquier uso o actividad, están obligadas, bajo su responsabilidad y en los términos de ley, a realizar las medidas necesarias para prevenir su contaminación y en su caso para reintegrarlas en condiciones adecuadas, a fin de permitir su utilización posterior en otras actividades o usos y mantener el equilibrio de los ecosistemas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.