Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley de Aguas Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que tú, como usuario, puedes usar el agua directamente por tu cuenta o agrupándote con otros de la forma que más te acomode. Para eso, puedes formar una persona moral, que es como una empresa o asociación legal que la ley reconoce. No importa si la creas tú solo o en equipo, lo importante es que tengas permiso para aprovechar el agua.
Texto oficial
ARTICULO 18.- Los usuarios podrán explotar, usar o aprovechar el agua, directamente o a través de la forma de organización que mejor les convenga, para lo cual se podrán constituir en alguna de las personas morales reconocidas en la legislación vigente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.