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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Artículo
127

Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 127 dice que hay dos tipos de competencias que se llaman “Concursos de Cuarto Nivel”. La primera son los campeonatos regionales de primera fuerza, que son los torneos más importantes que se hacen entre equipos de distintos estados. La segunda son los campeonatos nacionales del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, pero solo los que organice la Secretaría correspondiente.

Texto oficial

ARTÍCULO 127.- Se considerarán Concursos de Cuarto Nivel: I. Los Campeonatos Regionales de Primera Fuerza de los Estados, y II. Los Campeonatos Nacionales del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional convocados por la Secretaría. Fracción reformada DOF 20-03-2026

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (pág. 49) ↗

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