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Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aquí está la explicación en lenguaje cotidiano: Si una empresa tiene un permiso especial del gobierno para importar mercancías de manera temporal y transformarlas, repararlas o producirlas, puede pedirle a otra persona o empresa que haga ese trabajo. Pero para hacerlo, debe avisarle al SAT por internet, llenando un formato especial donde dé datos como: el nombre y RFC de ambas partes, el número de su programa autorizado, la dirección de los talleres, y una copia del permiso de la Secretaría de Economía. Además, el tercero que va a hacer el trabajo tiene que aceptar por escrito que se hace responsable de las obligaciones legales igual que la empresa original. Toda esa documentación también debe guardarse en un expediente electrónico.

Texto oficial

Artículo 169. Los procesos de transformación, elaboración o reparación de las Mercancías importadas temporalmente a que se refiere el tercer párrafo del artículo 112 de la Ley, podrán realizarse por persona distinta a la empresa con programa de manufactura, maquila y de servicios de exportación autorizado por la Secretaría de Economía, siempre que se presente aviso al SAT, en Documento Electrónico o Digital, en el que se señale y se acompañe la documentación siguiente: Párrafo reformado DOF 23-02-2026 I. La denominación o razón social, registro federal de contribuyentes y número del programa de la empresa que transfiere, así como el domicilio de la planta o bodega de origen donde se encuentran las Mercancías a transferir; II. El nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del registro federal de contribuyentes de la persona física o moral que realizará el proceso industrial, y el lugar en que éste se efectuará; III. Compromiso del tercero de realizar o continuar el proceso industrial y su aceptación de asumir la responsabilidad solidaria respecto de todas las obligaciones a cargo del beneficiario del régimen; IV. Copia del oficio de autorización que al efecto expida la Secretaría de Economía, para efectuar los procesos señalados, y V. La demás que determine el SAT mediante Reglas. La documentación señalada en el párrafo anterior, también deberá incluirse en el expediente electrónico que acredite la operación, de conformidad con el artículo 112, último párrafo, de la Ley. Párrafo adicionado DOF 23-02-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.