Artículo 228 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 228 dice que un agente aduanal (la persona que ayuda a pasar mercancías por la aduana) cometió un error si no entregó un permiso o un documento que demuestre que cumple con las reglas de importación. Eso aplica cuando el permiso o documento que presentó no cubre la mercancía que se va a revisar en la aduana. En otras palabras, si el papel que entregó no coincide con lo que trae, se considera que omitió su obligación.
Texto oficial
Artículo 228. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 165, fracción II, inciso b) de la Ley, también se considerará que el agente aduanal fue omiso en transmitir o presentar el permiso, o bien, el documento que compruebe el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias, cuando éste no ampare la Mercancía presentada a Reconocimiento Aduanero. Artículo reformado DOF 23-02-2026 REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 23-02-2026 75 de 90
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