Artículo 77 del REGLAMENTO de la Ley Aduanera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 77 dice que cuando la Autoridad Aduanera te lo pida, tienes que entregarle todos los papeles que tengan que ver con tus operaciones de comercio exterior (como importar o exportar mercancías). Esto aplica si eres contribuyente (quien paga impuestos), responsable solidario (alguien que también responde por esos impuestos) o un tercero relacionado con ellos. Además, la autoridad puede revisar esos documentos para compararlos con la información que ya enviaste por medios electrónicos o digitales, y verificar que todo coincida.
Texto oficial
Artículo 77. Para efectos del artículo 6o., último párrafo de la Ley, los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados, deberán poner a disposición de la Autoridad Aduanera cuando lo requiera, la documentación relacionada con las operaciones de comercio exterior, incluso para cotejo o compulsa con la información transmitida en Documento Electrónico o Digital.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.