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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
Artículo
16

Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir un permiso para manejar, operar o construir un aeropuerto de uso público, necesitas entregar una solicitud por escrito a la Secretaría, siguiendo lo que dicen los artículos 8 y 9 de este reglamento, excepto el punto a) de la parte IV del artículo 9. O sea, cumples con casi todos los requisitos de esos artículos, menos ese punto específico.

Texto oficial

Artículo 16. El interesado en obtener un permiso para administrar, explotar, operar y, en su caso, construir un aeródromo de servicio general, deberá presentar solicitud por escrito a la Secretaría, en términos de los artículos 8 y 9, con excepción del inciso a) de la fracción IV de este último, del presente Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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