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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LAgra_FODMC/5
Ley
REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina
Artículo
5

Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría Agraria es una dependencia del gobierno que ayuda a la gente del campo de manera gratuita. Si quieres formar una Unidad (como un ejido o una comunidad agraria), puedes pedirle a esta institución que te explique cómo hacerlo, te dé consejos legales o incluso te represente en los trámites. Solo tienes que solicitarlo y ellos están obligados a apoyarte, sin cobrarte nada. Es un servicio social, es decir, que su objetivo es ayudar, no ganar dinero.

Texto oficial

Artículo 5.- La Procuraduría Agraria, en su carácter de Institución de servicio social, otorgará la orientación, asesoría y representación a solicitud de quienes pretendan constituir una Unidad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.