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Artículo 109 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 109 fue derogado, eso significa que ya no existe ni tiene validez legal. En México, cuando una ley o artículo se deroga, se elimina oficialmente del orden jurídico. En este caso, el artículo fue eliminado desde el 22 de mayo de 2014. Por lo tanto, no necesitas saber qué decía antes, porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

ARTICULO 109.- Derogado. Artículo derogado DOF 22-05-2014 CAPITULO IX Compromisos de exportadores y gobiernos REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-05-2014 32 de 64

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.