Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 13 explica cómo se toman las decisiones dentro de la Comisión. Primero, se escucha la opinión de todos los presentes y luego se vota; gana la opción que tenga la mayoría de los votos. Si hay empate, el Presidente de la Comisión tiene el voto decisivo para romperlo. Después, el Secretario Técnico anota todo en un acta (el documento oficial de la reunión), incluyendo las opiniones y el resultado de la votación, y todos los representantes la firman. Por último, el Presidente lee en voz alta los acuerdos que se aprobaron y, en un plazo de 15 días, les manda una copia a cada representante y a los jefes de las dependencias y organismos que participaron.
Texto oficial
ARTICULO 13.- En ambos niveles, la Comisión emitirá sus acuerdos conforme al siguiente procedimiento: I. Se tomará cada acuerdo por mayoría de votos, una vez que todos los representantes e invitados presentes hayan expuesto sus opiniones. Se emitirá un voto por cada una de las dependencias y órganos constitucionales autónomos a que se refiere el artículo 2o. de este Reglamento. En caso de empate, el Presidente de la Comisión tendrá voto de calidad; II. El Secretario Técnico hará constar en el acta de la sesión cada una de las opiniones, la votación y el contenido del acuerdo. El acta deberá ser firmada por todos los representantes presentes, y III. Una vez votados todos los asuntos, el Presidente dará lectura de los acuerdos tomados y se enviará una copia de éstos a cada uno de los representantes y a los titulares de las dependencias y órganos constitucionales autónomos participantes en un plazo de quince días. Artículo reformado DOF 22-05-2014 TITULO III PERMISOS PREVIOS Y CUPOS DE EXPORTACION E IMPORTACION CAPITULO I Disposiciones Generales
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.