- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
- Artículo
- 198
Artículo 198 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a publicar las reglas sobre cómo dar a conocer las oportunidades de negocio y de inversión que haya. También se encargará de que la información que las empresas compartan se mantenga en secreto y no se divulgue sin permiso. Esto es para que los negocios puedan confiar en que sus datos están protegidos.
Texto oficial
ARTICULO 198.- La Secretaría establecerá reglas para dar difusión a las oportunidades comerciales y de inversión, y para asegurar la confidencialidad de la información proporcionada por las empresas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.