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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Artículo
204

Artículo 204 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier empresa o institución, pública o privada, que esté establecida en México y que exporte productos o servicios, puede participar en el Premio Nacional de Exportación. Para esto, deben pertenecer a uno de estos grupos: empresas pequeñas, medianas o grandes del sector industrial, empresas del campo o agroindustria, maquiladoras, comercializadoras, de servicios, o instituciones que ayuden a la exportación. Se entrega un solo premio por cada categoría, y si ninguna cumple con lo mínimo, ese premio se declara desierto. Además, la Secretaría puede crear o cambiar las categorías antes de publicar la convocatoria.

Texto oficial

ARTICULO 204.- Podrán participar en el Premio Nacional de Exportación todos los exportadores nacionales y las empresas e instituciones públicas o privadas, establecidas en México, que pertenezcan a las siguientes categorías: I. Empresas industriales pequeñas; REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-05-2014 57 de 64 II. Empresas industriales medianas; III. Empresas industriales grandes; IV. Empresas del sector primario y agroindustrias; V. Empresas maquiladoras; VI. Empresas comercializadoras; VII. Empresas de servicios, y VIII. Instituciones que apoyen la actividad exportadora. Se concederá un premio por cada una de estas categorías. Si ninguna empresa o institución cumple con el mínimo requerido en alguna o algunas de las categorías, se declarará desierto el premio de la categoría correspondiente. Asimismo, la Secretaría podrá crear nuevas categorías o modificar las existentes previamente a la publicación de la convocatoria respectiva.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior (pág. 56) ↗

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