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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Artículo
205

Artículo 205 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo clasifica a las empresas según su tamaño y tipo de actividad. Una empresa industrial pequeña es la que tiene hasta 100 empleados, y aquí entran también las personas que trabajan por su cuenta (personas físicas). La mediana tiene de 101 a 250 trabajadores, y la grande, más de 251. También define otros tipos de empresas, como las del campo o la minería que exportan, las maquiladoras (que arman productos), las que compran y venden mercancías con el extranjero, las que ofrecen servicios para exportar, y las instituciones que ayudan a crecer las exportaciones o a investigar sobre comercio exterior. El gobierno (la Secretaría) puede cambiar estos criterios antes de publicar una convocatoria.

Texto oficial

ARTICULO 205.- Las categorías a que se refiere el artículo anterior se determinarán de acuerdo a los siguientes criterios: I. Empresa industrial pequeña, la que ocupe hasta 100 personas. En esta categoría quedarán incluidas las personas físicas; II. Empresa industrial mediana, la que ocupe de 101 a 250 personas; III. Empresa industrial grande, la que ocupe más de 251 personas; IV. Empresa del sector primario y agroindustria, la que produce bienes agropecuarios, silvícolas o pesqueros, incluyendo productos procesados, para la exportación, así como la que se dedique a la producción de mercancías derivadas directamente de la actividad minera para la exportación; V. Empresa maquiladora, la que cuente con el registro correspondiente otorgado por la Secretaría; VI. Empresa comercializadora, la que realice operaciones de compra y venta de mercancías con el exterior; VII. Empresa de servicios, la que presta o exporta servicios de apoyo a la exportación, y VIII. Institución que apoye la actividad exportadora, la que fomente el desarrollo de mecanismos para el crecimiento de las exportaciones mexicanas o promueva las actividades docentes y de investigación en materia de comercio exterior. La Secretaría podrá modificar estos criterios previamente a la publicación de la convocatoria respectiva.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior (pág. 57) ↗

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