Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LCE/213
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Artículo
213

Artículo 213 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te ganas el Premio Nacional de Exportación, puedes usar su emblema oficial todo el tiempo que quieras, pero siempre debes poner el año en que te lo dieron. También puedes presumir tu premio en cualquier medio de comunicación que tú elijas, como redes sociales o comerciales. Para hacer esa publicidad, tienes que seguir las reglas que vienen en el manual del premio.

Texto oficial

ARTICULO 213.- El ganador del Premio Nacional de Exportación podrá hacer uso del emblema respectivo en forma permanente siempre y cuando se consigne el año en que fue otorgado. La difusión del premio obtenido podrá realizarse a través de los medios de comunicación que considere adecuados el ganador; dicha publicidad deberá apegarse a las normas establecidas en el manual correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 213 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, explicado | Precedente Legal