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Artículo 214 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Premio Nacional de Exportación es como un reconocimiento que solo se le da a la organización o institución que lo ganó. No puedes prestarlo o pasarlo a otra persona, ni siquiera a una sucursal o planta que no sea la que se registró para concursar. La única excepción es cuando dos o más empresas o instituciones participan juntas desde el principio, ahí el premio es de todas ellas. En pocas palabras, el premio es personal y exclusivo de quien lo gana originalmente, no se puede compartir ni transferir.

Texto oficial

ARTICULO 214.- El Premio Nacional de Exportación es intransferible, por lo que únicamente podrá ser ostentado por la organización o institución participante y por ningún motivo por alguna filial o planta adicional a la inscrita, salvo en el caso en el que su participación sea conjunta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 60) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.