Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 28 dice que cada vez que se avise sobre una licitación pública, ese aviso debe incluir por lo menos tres datos. Primero, debe decir cuánto dinero o producto se va a ofrecer y, si aplica, cuál es el tope que cada persona puede pedir. Segundo, debe indicar dónde, qué día y a qué hora se pueden conseguir los documentos de la licitación, además de cuánto cuestan. Tercero, debe especificar el lugar, la fecha y la hora en que se van a abrir las ofertas de los participantes y se va a elegir al ganador. Básicamente, es para que todos sepan desde el principio los detalles importantes.
Texto oficial
ARTICULO 28.- La convocatoria contendrá, como mínimo, los siguientes datos: I. La descripción del cupo y su monto y, en su caso, el monto máximo que cada interesado podrá obtener; II. El lugar, fecha y horario en que se proporcionarán las bases de la licitación y su costo, y REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-05-2014 9 de 64 III. El lugar, fecha y hora para la celebración del acto de apertura de posturas y de su adjudicación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.