Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se abre una investigación (resolución de inicio), el documento oficial debe incluir dos cosas: primero, invitar a las personas o empresas involucradas y, si aplica, a gobiernos de otros países, para que se presenten a decir lo que les parezca necesario para defender sus derechos. Segundo, debe decir cuánto tiempo tendrán para presentar pruebas (periodo probatorio). Es como una citación formal donde te avisan que puedes participar y mostrar tus pruebas.
Texto oficial
ARTICULO 81.- Además de los datos señalados en el artículo anterior, la resolución de inicio a que se refiere el artículo 52 de la Ley deberá contener: I. Una convocatoria a las partes interesadas y, en su caso, a los gobiernos extranjeros, para que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga, y II. El periodo probatorio. Artículo reformado DOF 22-05-2014 CAPITULO III Resolución preliminar
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.