Artículo 38 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando haya eventos internacionales en México (como deportivos o culturales), el Himno Nacional se debe tocar siguiendo las reglas de los organismos deportivos internacionales, siempre y cuando no vayan en contra de la ley o le falten el respeto al himno. La Bandera Nacional también se usará según las reglas de esos mismos organismos. Si no hay un protocolo internacional para el himno o la bandera, entonces todo se hará como lo indica la ley y este reglamento. Además, la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) te puede asesorar para que uses bien los símbolos patrios en estos eventos.
Texto oficial
Artículo 38. En el uso de los símbolos patrios en los eventos deportivos, culturales, o de otra naturaleza de carácter internacional organizados en territorio nacional, se deberá observar lo siguiente: I. El Himno Nacional se interpretará de acuerdo con los protocolos de los organismos deportivos internacionales correspondientes, siempre que no contravengan la normativa en la materia o afecte a la solemnidad que merece, y II. El uso de la Bandera Nacional será de acuerdo con los protocolos de los organismos deportivos internacionales correspondientes. En caso de no existir un protocolo para el uso de la Bandera Nacional o interpretación del Himno Nacional, el desarrollo de la ceremonia del evento y el evento mismo, se ajustarán a lo establecido en la Ley y, el presente reglamento. La Secretaría brindará asesorías sobre el uso de los símbolos patrios en los eventos deportivos, culturales, o de otra naturaleza de carácter internacional organizados en territorio nacional, todo con el objeto de cumplir las disposiciones de la Ley, así como de este reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.