Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley de
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, a través de la Secretaría, va a decidir cuánta energía (como gasolina o electricidad) les toca a los productores del campo. Para hacer ese cálculo, va a tomar en cuenta cosas como el tamaño de la finca o rancho, si el agua del pozo se está acabando o no, qué cultivo tienen o qué explotación hacen, cuánta maquinaria y bombas usan, qué tipo de barco tienen y su ciclo de producción. Antes de fijar esa cuota de energía, también va a pedir la opinión de las Secretarías de Hacienda y de Energía.
Texto oficial
Artículo 12.- El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría, establecerá con base en las características y dimensión de las unidades de producción, las características de disponibilidad o sobreexplotación de acuíferos, del tipo de cultivo o explotación, la cantidad y tipo de maquinaria, equipo, bombas, tipo de embarcación y ciclo productivo, la cuota energética correspondiente a cada energético agropecuario, previa opinión de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía. REGLAMENTO DE LA LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 04-12-2003 4 de 5 CAPÍTULO QUINTO DE LOS MECANISMOS DE SUPERVISIÓN, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
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