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Ley
REGLAMENTO de la Ley de
Artículo
17

Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley de

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría checará cada año cómo va el programa de energía para el campo, para asegurarse de que esté cumpliendo sus metas y de que los campesinos o productores que reciben el apoyo realmente estén produciendo mejor. Esa revisión se llama “evaluación de los ciclos productivos” y se hará una vez al año. Al final, la Secretaría dará a conocer los resultados de forma anual.

Texto oficial

Artículo 17.- La Secretaría realizará evaluaciones de los ciclos productivos con el fin de verificar el cumplimiento de los objetivos del Programa, así como de que el beneficio a los Sujetos haya significado mejores resultados en la productividad del sector. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, serán presentadas de forma anual por la Secretaría. CAPÍTULO SEXTO DE LA BAJA DE SALDOS REGLAMENTO DE LA LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 04-12-2003 5 de 5

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de (pág. 4) ↗

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