Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley de
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Al final de cada temporada de cosecha o ciclo de trabajo en el campo, la Secretaría va a checar cómo les fue a los productores con los apoyos de energía (como gasolina, diésel o electricidad) que usan para sus actividades. Para medir ese impacto, van a tomar en cuenta cosas como: cuántos productores y cuántos ranchos o terrenos recibieron el apoyo, cuánta maquinaria y equipos de bombeo de agua están registrados, cuántos kilowatts-hora (electricidad) o litros de combustible se gastaron, y cuánto dinero se repartió en total.
Texto oficial
Artículo 5o.- La Secretaría establecerá, al final de cada ciclo productivo agropecuario, los mecanismos necesarios para determinar el impacto productivo de cada uno de los energéticos agropecuarios; considerando el número de productores y unidades de producción beneficiadas o su equivalente; la cantidad de maquinaria, el número de equipos de bombeo y rebombeo de agua para uso agropecuario registrados, los Kilowatt-hora o litros consumidos y el monto del beneficio erogado. CAPÍTULO TERCERO DE LOS REQUISITOS Y TRÁMITES PARA SER BENEFICIARIO DEL PROGRAMA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.