Artículo 146 del REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad educativa militar (la Dirección, las escuelas o los jefes de curso) te va a entregar tus documentos oficiales, como tu título, diploma o certificado de estudios, **una sola vez**. Ellos se quedan con una copia de esos papeles y además guardan una lista con los nombres de todo el personal que recibió sus documentos. Así que cuida muy bien tu original, porque si lo pierdes, no te lo van a reponer.
Texto oficial
ARTÍCULO 146.- La Dirección y Rectoría, las Instituciones Educativas o Jefaturas de Curso, expedirán los documentos originales de acreditación, certificación y revalidación de estudios, por una sola vez, conservando copia del original de los grados académicos, títulos, diplomas y certificados o constancias expedidas. REGLAMENTO DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-03-2026 38 de 47 La Dirección y Rectoría conservará una relación nominal del personal al que se le haya expedido los citados documentos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.